martes, 21 de enero de 2025

En caso de cambio de titularidad en el contrato de agua por fallecimiento del antiguo titular ¿Pueden cortar el suministro de agua de un local comercial alquilado de tu propiedad por parte del ayuntamiento de España si no dispones de licencia de actividad actual?

En ocasiones, he utilizado chatGPT para preguntarles sobre determinados asuntos y en ocasiones, te responde con más claridad que algunos abogados y además es gratis. Realicé la siguiente consulta: 

Conviertete en un experto abogado de urbanismo. Soy propietario en herencia de un local alquilado pero el titular del contrato de suministro de agua era la persona fallecida. La empresa concesionaria del suministro de agua según ordenanzas municipales,  te exige licencia de actividad del actual que ejerce el inquilino pero el local comercial solo tiene licencia antigua y la actividad actual  no se corresponde con la actividad antigua. El Ayuntamiento dice que no les vale  una licencia antigua. Pero siempre se ha pagado el suministro de agua. La pregunta es la siguiente: ¿La empresa concesionaria del servicio de agua y  El ayuntamiento pueden cortarte el agua en caso de cambio de titularidad y no disponer de una licencia de actividad actual? 

En este caso, siendo ahora propietario del local comercial por herencia, te enfrentas a la relación entre la empresa de suministro de agua y el Ayuntamiento. Vamos a desglosar la situación para comprender si te pueden cortar el agua y cuáles son tus derechos:

1. Cambio de titularidad del suministro de agua

La empresa suministradora tiene derecho a actualizar la titularidad del contrato. Sin embargo, su petición de licencia de actividad del inquilino actual para cambiar el titular puede ser discutible. La exigencia de una nueva licencia puede depender del reglamento municipal o de las condiciones específicas del contrato de suministro.

Si el local ha tenido siempre un contrato de agua en vigor y se ha pagado regularmente, el historial de consumo y el hecho de que se mantenga la actividad pueden ser suficientes para evitar una interrupción del servicio.

La licencia antigua, si sigue siendo válida para la actividad, puede justificar la continuidad del suministro. El cambio de titular no debería ser motivo para exigir una nueva licencia salvo que el uso actual del local haya cambiado significativamente y requiera otra autorización.

2. El papel del Ayuntamiento

El Ayuntamiento regula las licencias de actividad, pero no siempre está directamente involucrado en los contratos de suministro, que son relaciones contractuales entre particulares (o empresas) y las concesionarias. Sin embargo, algunos ayuntamientos imponen requisitos administrativos adicionales, como la necesidad de presentar una licencia actualizada para cambios de titularidad. Esto puede crear un conflicto si la licencia antigua es válida pero no aceptada.

El Ayuntamiento no puede cortar el agua por sí mismo, ya que no suele ser la entidad que presta el servicio. Solo la empresa concesionaria tiene esa capacidad, y únicamente en ciertos supuestos regulados (por ejemplo, impagos).

3. ¿Pueden cortar el suministro de agua por cambio de titularidad?

La respuesta general es no, salvo que haya una razón legítima como impago o peligro para la seguridad:

Normativa aplicable: Revisa el contrato de suministro y el reglamento de servicio municipal para ver si existe una base legal específica para el corte por falta de actualización de licencia.

Si el cambio de titularidad no altera las condiciones del servicio, no es legal cortar el suministro de agua si el pago sigue siendo puntual.

4. Acciones recomendadas

Solicita por escrito la base legal que justifica la exigencia de una nueva licencia de actividad para el cambio de titularidad.

Exige la continuidad del suministro mientras el caso se revisa, basándote en que se ha pagado regularmente.

Consulta el reglamento local para confirmar que la licencia antigua sigue siendo válida para el tipo de actividad del inquilino actual.

Si te enfrentas a un corte inminente, plantea una queja administrativa tanto en la concesionaria como en el Ayuntamiento, y si es necesario, acude a la vía judicial para solicitar medidas cautelares.

5. Conclusión

El Ayuntamiento no tiene competencia directa para cortar el suministro de agua, pero la empresa concesionaria sí puede hacerlo bajo ciertas condiciones. Sin embargo, exigir una nueva licencia por un cambio de titularidad cuando el uso no ha cambiado podría ser un exceso regulatorio. Por tanto, tienes herramientas para defenderte solicitando aclaraciones legales y asegurando la continuidad del servicio.